Resolución que aprueba el Reglamento Interno del Colegio San Ignacio de Loyola 2013.
Castilla (Piura), 28 de noviembre de 2012
VISTO, el Proyecto de Reglamento Interno del Colegio San Ignacio de Loyola..
CONSIDERANDO:
Que, el Colegio San Ignacio de Loyola facilita y estimula a cada miembro a dar lo mejor de sí, generando un ambiente de confianza y apertura laboral para lograr un desarrollo armonioso y democrático, tiene como Entidad Promotora a la Congregación Religiosa “Compañía de Jesús, Provincia del Perú” autorizado mediante R.M. Nº 3156 de fecha 24 de marzo de 1959, como Institución Educativa confesionalmente católica busca ejercer su función evangelizadora mediante su axiología, objetivos, organización y funcionamiento;
El Reglamento Interno del Colegio San Ignacio de Loyola ha sido elaborado tomando en cuenta los principios precedentes, los documentos: Características de la Educación de la Compañía de Jesús, Pedagogía Ignaciana, un planteamiento práctico, y el Diseño Curricular por Dimensiones de la Asociación de Colegios de la Compañía de Jesús en el Perú. Asimismo, ha sido elaborado de acuerdo a nuestras necesidades institucionales y normativas, de conformidad a lo establecido en la Ley General de Educación 28044 y sus Reglamentos, la Ley de los Centros Educativos Privados 26549, el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica y Técnico Productiva, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2006-ED de fecha 20 de abril del año 2006, la Ley de Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo 882, sus Reglamentos, la Ley 27665 y su Reglamento, así como la Ley N° 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor, y demás normas conexas;...
Resolución que aprueba el plan de convivencia democrática del Colegio San Ignacio de Loyola.
Piura, 15 de junio de 2012
VISTO, la propuesta del PLAN DE CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA DEL COLEGIO SAN IGNACIO
DE LOYOLA, presentado por el Director Padre Carlos Francisco Zúñiga Pesantes, S.J. y el
Equipo Responsable para la promoción e implementación de la Convivencia Democrática del
Colegio.
CONSIDERANDO:
Que, el COLEGIO “SAN IGNACIO DE LOYOLA” orienta su quehacer pedagógico y
administrativo en el marco de la Ley General de Educación Nº 28044, Ley de Centros
Educativos Privados Nº 26540 y su Reglamento; Reglamento de Centros Educativos de
Acción Conjunta: Estado Peruano‐Iglesia Católica, normatividad que todos y cada uno de sus
miembros asumen individual y grupalmente en cumplimiento de sus funciones para el logro
de objetivos comunes.
Que la Ley de los Centros Educativos Privados N° 26549, en concordancia con la Ley de
Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo 882, establece que
corresponde a la persona natural o jurídica propietaria de un Centro Educativo determinar,
entre otros aspectos, la línea axiológica que regirá su Centro; Dirección, organización,
administración y funciones; regímenes económico, disciplinario; pensiones y becas; las
relaciones con los padres de familia, etc., sin más limitaciones que las que pudieran
establecer las Leyes, todo lo cual constará en el Reglamento Interno...
Resolución sobre conformación del equipo responsable para la promoción e implementación de la Convivencia Democrática del Colegio San Ignacio de Loyola.
Piura, 14 de junio de 2012
VISTO, la propuesta para la conformación del EQUIPO RESPONSABLE PARA LA PROMOCIÓN
E IMPLEMENTACIÓN DE LA CONVIVENCIA DEMOCRÁTICA DEL COLEGIO SAN IGNACIO DE
LOYOLA, presentado por el Director Padre Carlos Francisco Zúñiga Pesantes, S.J.
CONSIDERANDO:
Que, el COLEGIO “SAN IGNACIO DE LOYOLA” orienta su quehacer pedagógico y
administrativo en el marco de la Ley General de Educación Nº 28044, Ley de Centros
Educativos Privados Nº 26540 y su Reglamento; Reglamento de Centros Educativos de
Acción Conjunta: Estado Peruano‐Iglesia Católica, normatividad que todos y cada uno de sus
miembros asumen individual y grupalmente en cumplimiento de sus funciones para el logro
de objetivos comunes.
Que la Ley de los Centros Educativos Privados N° 26549, en concordancia con la Ley de
Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo 882, establece que
corresponde a la persona natural o jurídica propietaria de un Centro Educativo determinar,
entre otros aspectos, la línea axiológica que regirá su Centro; Dirección, organización,
administración y funciones; regímenes económico, disciplinario; pensiones y becas; las
relaciones con los padres de familia, etc., sin más limitaciones que las que pudieran
establecer las Leyes, todo lo cual constará en el Reglamento Interno...
Resolución sobre el plan de monitoreo del Colegio San Ignacio de Loyola.
Piura, 23 de mayo de 2012
VISTO, el PLAN DE MONITOREO DEL COLEGIO SAN IGNACIO DE LOYOLA, presentado por el
Director Padre Carlos Francisco Zúñiga Pesantes, S.J.
CONSIDERANDO:
Que, el COLEGIO “SAN IGNACIO DE LOYOLA” orienta su quehacer pedagógico y
administrativo en el marco de la Ley General de Educación Nº 28044, Ley de Centros
Educativos Privados Nº 26540 y su Reglamento; Reglamento de Centros Educativos de
Acción Conjunta: Estado Peruano‐Iglesia Católica, normatividad que todos y cada uno de sus
miembros asumen individual y grupalmente en cumplimiento de sus funciones para el logro
de objetivos comunes.
Que la Ley de los Centros Educativos Privados N° 26549, en concordancia con la Ley de
Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo 882, establece que
corresponde a la persona natural o jurídica propietaria de un Centro Educativo determinar,
entre otros aspectos, la línea axiológica que regirá su Centro; Dirección, organización,
administración y funciones; regímenes económico, disciplinario; pensiones y becas; las
relaciones con los padres de familia, etc., sin más limitaciones que las que pudieran
establecer las Leyes, todo lo cual constará en el Reglamento Interno....
Resolución sobre la aprobación y difusión de la Efemérides 2012 del Colegio.
Castilla, 20 de abril de 2012
VISTO, la propuesta del Director, Padre Carlos Francisco Zúñiga Pesantes, S.J. del COLEGIO
SAN IGNACIO DE LOYOLA sobre la aprobación y difusión de la Efemérides 2012 del Colegio.
CONSIDERANDO:
Que, el COLEGIO SAN IGNACIO DE LOYOLA orienta su quehacer pedagógico y administrativo
en el marco de la Ley General de Educación Nº 28044, Ley de Centros Educativos Privados
Nº 26540 y su Reglamento; Reglamento de Centros Educativos de Acción Conjunta: Estado
Peruano ‐ Iglesia Católica, normatividad que todos y cada uno de sus miembros asumen
individual y grupalmente en cumplimiento de sus funciones para el logro de objetivos
comunes..
Que la Ley de los Centros Educativos Privados N° 26549, en concordancia con la Ley de
Promoción de la Inversión en la Educación, Decreto Legislativo 882, establece que
corresponde a la persona natural o jurídica propietaria de un Centro Educativo determinar,
entre otros aspectos, la línea axiológica que regirá su Centro; dirección, organización,
administración y funciones; regímenes económico, disciplinario; pensiones y becas; las
relaciones con los padres de familia, etc., sin más limitaciones que las que pudieran
establecer las Leyes, todo lo cual constará en el Reglamento Interno...
Resolución FE DE ERRATAS del Reglamento Interno de Trabajo del Colegio San Ignacio de Loyola
Castilla, 1 de marzo de 2012
VISTO, la FE DE ERRATAS del Reglamento Interno de Trabajo del Colegio San Ignacio de Loyola.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Directoral N° 004‐2012‐IEPSIL‐D de fecha 29 de febrero de 2012, se
aprobó el Reglamento Interno de Trabajo del Colegio San Ignacio de Loyola que regula las
relaciones laborales de la Institución.
Que, es necesario precisar con objetividad el ingreso y salida del personal docente por horas y
contratado a tiempo parcial, con la finalidad de determinar las obligaciones y responsabilidades
derivadas del ejercicio de sus funciones.
Resolución que aprueba el Reglamento Interno de Trabajo del Colegio San Ignacio de Loyola.
Castilla, 29 de febrero de 2012
VISTO, el Proyecto del Reglamento Interno de Trabajo del Colegio San Ignacio de Loyola.
CONSIDERANDO:
Que, el Colegio San Ignacio de Loyola es una institución que facilita y estimula a cada miembro a
dar lo mejor de sí, generando un ambiente de confianza y apertura laboral para lograr un
desarrollo armonioso y democrático, tiene como Entidad Promotora a la Congregación Religiosa
“Compañía de Jesús, Provincia del Perú” autorizado mediante R.M. Nº 3156 de fecha 24 de marzo
de 1959. Como Institución Educativa confesionalmente católica busca ejercer su función
evangelizadora mediante su axiología, objetivos, organización y funcionamiento.
Resolución que aprueba el Reglamento Interno del Colegio San Ignacio de Loyola 2012
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 011-2011-GRP-DREP/IEPSIL-D
Piura, 20 de junio del 2011
Anexo RD011 Cartel Indicador Horario de Trabajo
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 008- 2011-GRP-DREP/IEPSIL-D
Piura, 24 de mayo del 2011.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 010-2011-GRP-DREP/UGEL-IEPSIL-D
Piura, 31 de mayo de 2011.
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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 007-2011-GRP-DREP/IEPSIL-D
Piura, 24 de mayo del 2011
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 004 - 2011-GRP-DREP/CSIL
Piura, 26 de abril del 2011.
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RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 003-2011-GRP-DREP/CSIL
Piura, 25 de abril de 2011.
RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 012-2010-GRP-DREP-UGEL-IEPSIL
Castilla, 02 de diciembre del 2010
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